sábado, 12 de diciembre de 2015

Marco político pedagógico - Las normas en nuestra escuela


PARTE 1


MARCO POLÍTICO PEDAGÓGICO DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA

En la primera clase abordamos nuestra tarea como equipos docentes en instituciones escolares, en términos de garantizar condiciones institucionales y pedagógicas para hacer efectivo el derecho a la educación de niñas/os, jóvenes y adultos que habitan el territorio nacional

Conocer el marco jurídico nos permitirá pensar en todas las posibilidades de que disponemos para transformar nuestras instituciones y también asumir esta responsabilidad en tanto agentes del Estado.
El cuerpo normativo vigente en nuestras escuelas es amplio y contiene una cantidad importante de regulaciones. En este caso haremos referencia a aquellas de alcance común y nacional
Por lo general asociamos las normas a las limitaciones, al orden, a definir qué es lo que no debe hacerse y a la sanción que corresponde a quien las transgrede. Nos preguntamos entonces: ¿De dónde viene esta mirada restrictiva y punitiva de las normas? ¿En qué paradigma social se asienta?
Si pensamos el ordenamiento desde el control, seguramente será necesaria una normativa que establezca los límites de lo posible. Si en cambio lo pensamos desde una perspectiva de derechos, la normativa ya no se focaliza en delimitar y sancionar sino en habilitar, en abrir caminos, en garantizar y crear condiciones para que lo que nos parece imposible a primera vista, se torne posible en nuestra escuela.
Es preciso subrayar que si bien se trata de un marco “de lujo” para pensar y hacer en la escuela, las regulaciones que de allí se desprenden requieren de una apropiación situada y de una articulación de todos los actores del sistema, para ser efectivamente encarnadas y constituidas en las instituciones.
Hablamos de la necesidad de conocer y "hacer carne" las normativas porque ellas son el fundamento de nuestras prácticas y no siempre garantizaron derechos; también tuvimos normas que legitimaban el cercenamiento, cuando no la violación, de los derechos de alumnos y docentes. Por eso hablamos de “hacer carne”, de apropiarse, porque no se trata sólo de cumplir con la ley, sino de defender los derechos alcanzados, de reconocer la lucha que los precede, de concretarlos y a veces re-inventarlos en los proyectos de las instituciones y de garantizar la continuidad de su plena vigencia.
Sabemos que muchas de estas normativas no son suficientes, que en varios casos no alcanzan para reparar aquello que aún debe ser transformado, pero también sabemos que el presente y el futuro de nuestros/as chicos/as y jóvenes nos demandan actuar ya.

  
Para pensar la escuela...

Los/as invitamos a “mirar” las normas –escritas o no- que guían y ordenan las acciones de la escuela, no la escuela en general sino aquella que se vive en su escuela en particular.
Y reflexionar…
¿Desde qué perspectiva están pensadas esas normas? ¿Desde una perspectiva punitiva o de derechos?
Tomemos por ejemplo el código “vivo” de convivencia que está presente en las decisiones de su escuela:
¿Qué derechos garantiza?
¿Qué posibilidades abre?
¿Qué formas de participación democrática de los/as alumnos realmente habilita?
¿Qué modalidades de comunicación con las familias y la comunidad moviliza?


Lo instituyente y lo instituido: el marco jurídico que habilita prácticas pedagógicas situadas e inclusivas
“La educación ha de concebirse como el movimiento por el cual
los hombres permiten a sus hijos vivir en el mundo y decidir su suerte en él.
Es un movimiento, un acompañar, un acto nunca acabado que consiste en hacer sitio al que llega y ofrecerle los medios para ocuparlo.”
Philippe Meirieu


En toda institución se plantea un juego de fuerzas en tensión constante entre lo instituido -una fuerza que tiende a perpetuar y reproducir lo ya existente y que por tanto se resiste al cambio- y lo instituyente, aquella fuerza que, oponiéndose a lo instituido, será portadora de la innovación, el cambio y la renovación.
Lo instituido de alguna manera estará del lado de la ley, en virtud de que se trata de un orden establecido, mientras que lo instituyente ocupa el lugar de un orden alternativo, no legitimado y que si bien puja por legitimarse, no es ley
En esta línea de análisis resulta sumamente interesante observar cómo en el caso de la Ley de Educación Nacional y el cuerpo de leyes y resoluciones que regulan el escenario educativo actual, las propuestas se viven como instituyentes en un escenario donde lo instituido ya no es posible, carece de legitimidad en tanto ya no responde a la realidad concreta de los/as alumnos/as reales y de la vida en las aulas.




NORMATIVA JURISDICCIONAL

http://www.entrerios.gov.ar/CGE/2010/especial/files/2011/05/1550-13-CGE-Trayectorias-Escolares1.pdf




Las normas en nuestra escuela

Desplegadas las resoluciones federales que -junto a las normativas de cada jurisdicción- conforman el marco de referencia de las actividades de cada institución, les proponemos mirarlas para buscar en ellas respuestas a las preguntas, preocupaciones, tensiones, inquietudes y esperanzas que la realidad de nuestra escuela nos plantea cada día.

  
Para pensar la escuela...
A la hora de tomar decisiones, ¿nos manejamos con el contenido de estas resoluciones y normativa o recurrimos a las prácticas tradicionales, arraigadas por la costumbre?
¿Recurrimos a las normas para buscar alternativas a las nuevas preguntas que nos plantea la realidad?
¿Sentimos verdaderamente que las normas nos “dan permiso” para innovar en nuestras prácticas? ¿Por qué? ¿Habilitan algunas de las prácticas que algunos/as docentes desarrollan en la escuela, atendiendo a situaciones especiales o proyectos específicos?
¿Los/as docentes/alumnos/padres de nuestra escuela conocen el marco normativo? ¿Creemos que les será de utilidad conocerlo? ¿Para qué?
  

PARTE 2

 VIDEO CONFERENCIA LIC. RICARDO BAQUERO

Ricardo Baquero aborda el “Mito del individuo”, a través del cual  hemos buscado en él atributos que lo hicieran capaz o incapaz de sobrellevar la experiencia escolar. Y también, el “Mito del progreso” entendido como un progreso indefinido motorizado fundamentalmente por la ciencia y la técnica; y sobre todo se va a traducir en nuestro campo como un criterio de progreso asociado a la querencia de que el desarrollo humano es un proceso natural.
Plantea el desafío de aprender a ver cómo generar un formato alternativo que no se vuelva compensatorio de remediar el déficit de capitales culturales.
Un formato alternativo para impedir que se trunquen las trayectorias escolares.
También, aborda la Paradoja del alumno autónomo que es la búsqueda desde el giro constructivista,  desde lo pedagógico- curricular preconizamos la mayor autonomía del sujeto bajo prácticas que dejan escasísimo margen de maniobras para una mínima elección de temas, para una mínima elección de materias.
Si no revisamos esos formatos, están quedando, efectivamente, sin ese ejercicio de derecho muchos sujetos, que no es por otra cosa que por nuestra falta de inventiva pedagógica.





·  
P

       Reflexionando sobre nuestras prácticas en nuestra escuela, pensemos:

¿Qué habilitamos o qué impedimos en las mismas?
¿Qué nos potentiza y qué nos impotentiza?
¿Cuándo  nos aborda esa aparente incapacidad, y cuando apostamos a la posibilidad de brindar nuevos caminos?
¿Podríamos pensar en la intensidad de las experiencias que brindamos a nuestros alumnos?
Pensemos en las trayectorias reales (repitentes, inasistentes transitorios o permanentes, ingresos tardíos) que se nos han presentado este año:
¿Cuáles pudimos encauzar y cuáles no? ¿Presentamos proyectos específicos para abordarlas?
¿Qué estrategias intraciclos implementamos para abordar la inclusión, fortalecimiento e integración de las trayectorias que nos interpelan y tensionan nuestra realidad escolar?
Leer Res. 174/12 C.F.E. , especialmente  Artículos 2, 4,6,11,20,21,24 y 25.




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