PARTE 1
MARCO POLÍTICO PEDAGÓGICO DE LA EDUCACIÓN ARGENTINA
En la primera clase abordamos nuestra tarea como equipos
docentes en instituciones escolares, en términos de garantizar condiciones institucionales y pedagógicas
para hacer efectivo el derecho a la
educación de niñas/os, jóvenes y adultos que habitan el territorio nacional
Conocer
el marco jurídico nos permitirá
pensar en todas las posibilidades de
que disponemos para transformar nuestras instituciones
y también asumir esta responsabilidad en tanto agentes del Estado.
El cuerpo normativo
vigente en nuestras escuelas es amplio y contiene una cantidad importante de
regulaciones. En este caso haremos referencia a aquellas de alcance común y nacional
Por lo general asociamos
las normas a las limitaciones, al orden, a definir qué es lo que no debe hacerse y a
la sanción que corresponde a quien las transgrede. Nos preguntamos entonces:
¿De dónde viene esta mirada restrictiva
y punitiva de las normas? ¿En qué paradigma
social se asienta?
Si pensamos el
ordenamiento desde el control, seguramente será necesaria una normativa que
establezca los límites de lo posible. Si en cambio lo pensamos desde una perspectiva de derechos, la normativa ya no se focaliza
en delimitar y sancionar sino en habilitar,
en abrir caminos, en garantizar y crear condiciones para que lo
que nos parece imposible a primera vista, se torne posible en nuestra escuela.
Es
preciso subrayar que si bien se trata de un marco “de lujo” para pensar y hacer
en la escuela, las regulaciones que de allí se desprenden requieren de una apropiación situada y de una articulación de todos los
actores del sistema, para ser efectivamente encarnadas y constituidas en las
instituciones.
Hablamos
de la necesidad de conocer y "hacer carne" las normativas porque ellas son el fundamento de nuestras prácticas y no siempre garantizaron
derechos; también tuvimos normas que legitimaban el cercenamiento, cuando no la
violación, de los derechos de alumnos y docentes. Por eso hablamos de “hacer
carne”, de apropiarse, porque no se trata sólo de cumplir con la ley, sino de
defender los derechos alcanzados, de reconocer la lucha que los precede, de
concretarlos y a veces re-inventarlos en los proyectos de las instituciones y
de garantizar la continuidad de su plena vigencia.
Sabemos
que muchas de estas normativas no son suficientes, que en varios casos no
alcanzan para reparar aquello que aún debe ser transformado, pero también
sabemos que el presente y el futuro de nuestros/as chicos/as y jóvenes nos
demandan actuar ya.
Para
pensar la escuela...
Y reflexionar…
¿Desde qué perspectiva están pensadas esas
normas? ¿Desde una perspectiva punitiva o de derechos?
Tomemos por ejemplo el código “vivo” de
convivencia que está presente en las decisiones de su escuela:
¿Qué derechos garantiza?
¿Qué posibilidades abre?
¿Qué formas de participación democrática de
los/as alumnos realmente habilita?
¿Qué modalidades de comunicación con las
familias y la comunidad moviliza?
Lo instituyente y
lo instituido: el marco jurídico que habilita prácticas pedagógicas situadas e
inclusivas
“La educación ha de concebirse como el
movimiento por el cual
los hombres permiten a sus hijos vivir en el mundo y decidir su suerte en él.
Es un movimiento, un acompañar, un acto nunca acabado que consiste en hacer sitio al que llega y ofrecerle los medios para ocuparlo.”
los hombres permiten a sus hijos vivir en el mundo y decidir su suerte en él.
Es un movimiento, un acompañar, un acto nunca acabado que consiste en hacer sitio al que llega y ofrecerle los medios para ocuparlo.”
Philippe Meirieu
En toda
institución se plantea un juego de fuerzas en tensión constante entre lo instituido
-una fuerza que tiende a perpetuar y reproducir lo ya existente y que por tanto
se resiste al cambio- y lo instituyente,
aquella fuerza que, oponiéndose a lo instituido, será portadora de la
innovación, el cambio y la renovación.
Lo instituido de alguna manera estará del
lado de la ley, en virtud de que se
trata de un orden establecido, mientras que lo instituyente ocupa el lugar de un orden alternativo, no legitimado
y que si bien puja por legitimarse, no
es ley
En esta
línea de análisis resulta sumamente interesante observar cómo en el caso de la Ley de Educación Nacional y el cuerpo de leyes y resoluciones que regulan el escenario educativo actual, las
propuestas se viven como instituyentes en un escenario donde lo instituido ya
no es posible, carece de legitimidad en tanto ya no responde a la realidad
concreta de los/as alumnos/as reales y de la vida en las aulas.
NORMATIVA JURISDICCIONAL
Las normas en nuestra escuela
Desplegadas
las resoluciones federales que
-junto a las normativas de cada jurisdicción- conforman el marco de
referencia de las actividades de cada institución, les proponemos mirarlas para
buscar en ellas respuestas a las preguntas, preocupaciones, tensiones,
inquietudes y esperanzas que la realidad de nuestra escuela nos plantea cada
día.
Para
pensar la escuela...
A la hora de tomar
decisiones, ¿nos manejamos con el contenido de estas resoluciones y normativa o
recurrimos a las prácticas tradicionales, arraigadas por la costumbre?
¿Recurrimos a las normas
para buscar alternativas a las nuevas preguntas que nos plantea la realidad?
¿Sentimos verdaderamente
que las normas nos “dan permiso” para innovar en nuestras prácticas? ¿Por qué?
¿Habilitan algunas de las prácticas que algunos/as docentes desarrollan en la
escuela, atendiendo a situaciones especiales o proyectos específicos?
¿Los/as
docentes/alumnos/padres de nuestra escuela conocen el marco normativo? ¿Creemos
que les será de utilidad conocerlo? ¿Para qué?
PARTE 2
Ricardo Baquero
aborda el “Mito del individuo”,
a través del cual hemos buscado en él
atributos que lo hicieran capaz o incapaz de sobrellevar la experiencia escolar.
Y también, el “Mito del progreso” entendido
como un progreso indefinido motorizado fundamentalmente por la ciencia y la técnica;
y sobre todo se va a traducir en nuestro campo como un criterio de progreso
asociado a la querencia de que el desarrollo humano es un proceso natural.
Plantea el desafío de aprender a ver cómo generar un formato alternativo que no se vuelva
compensatorio de remediar el déficit de
capitales culturales.
Un formato alternativo para impedir que se trunquen las
trayectorias escolares.
También, aborda la Paradoja
del alumno autónomo que es la búsqueda desde el giro constructivista, desde lo pedagógico- curricular preconizamos
la mayor autonomía del sujeto bajo prácticas que dejan escasísimo margen de
maniobras para una mínima elección de temas, para una mínima elección de
materias.
Si no revisamos esos formatos, están quedando, efectivamente,
sin ese ejercicio de derecho muchos sujetos, que no es por otra cosa que por
nuestra falta de inventiva pedagógica.
·
P
Reflexionando
sobre nuestras prácticas en nuestra escuela, pensemos:
¿Qué habilitamos o qué impedimos en las mismas?
¿Qué nos potentiza y qué nos impotentiza?
¿Cuándo nos aborda
esa aparente incapacidad, y cuando apostamos a la posibilidad de brindar nuevos
caminos?
¿Podríamos pensar en la intensidad de las experiencias que
brindamos a nuestros alumnos?
Pensemos en las trayectorias reales (repitentes,
inasistentes transitorios o permanentes, ingresos tardíos) que se nos han
presentado este año:
¿Cuáles pudimos encauzar y cuáles no? ¿Presentamos proyectos
específicos para abordarlas?
¿Qué estrategias intraciclos implementamos para abordar la
inclusión, fortalecimiento e integración de las trayectorias que nos interpelan
y tensionan nuestra realidad escolar?
Leer Res. 174/12 C.F.E. , especialmente Artículos 2, 4,6,11,20,21,24 y 25.